Preguntas y respuestas
Que debería saber antes de votar
Algunas preguntas y respuestas comunes acerca de los problemas que los votantes podrían encarar el Día de las Elecciones:
BOLETAS ELECTORALES PROVISIONALES
P: Qué son?
R: Las boletas electorales provisionales son emitidas por votantes registrados que se han mudado pero no han actualizado su registro, aquellos quienes piensan que son elegibles pero que no aparecen en las listas, o aquellos quienes le han dicho no son elegibles.
P: Hay diferentes boletas electorales?
R: No, pero son retenidas por 10 días mientras los organizadores de las elecciones chequean sin los votantes son elegibles o no. Si lo son, los votos son contados el los resultados oficiales. La idea es asegurar que los votantes que no son elegibles se le niegue el derecho a votar el día de la elección.
P: Necesito estar en el distrito electoral correcto?
R: Si. Si está en el distrito electoral incorrecto, su voto no será contado. Los organizadores de las votaciones están allí para dirigirlo al lugar correcto, la junta electoral de su condado o algún centro regional para votos provisionales si alguno ha sido designado en su condado. Si no está seguro, dígale al organizador de las votaciones que llame a la junta de electores.
P: Cómo sabré si tengo que votar provisionalmente?
R: Si no está en las listas o si le han dicho que no es elegible — y está en el distrito electoral correcto para la dirección del hogar — usted tiene el derecho al voto provisional. Si luego a usted lo encuentran elegible, el voto será contado.
P: Qué pasa si voto provisionalmente?
R: A usted le pedirán firmar una afirmación escrita con su nombre, fecha de nacimiento y residencia de voto. Será anexado a un sobre que será sellado con su voto provisional y enviado a la junta para verificarlo luego de la elección.
EN LAS URNAS
P: Cometí un error. Puedo votar otra vez?
R: Si. Si cometió un error mientras votaba, dígale a un organizador de las urnas. él o ella lo pueden ayudar a votar apropiadamente.
P: Puedo preguntarle a un organizador de las urnas acerca del proceso de votación si estoy confundido acerca de cómo usar el equipo?
R: Si los organizadores de las urnas lo pueden ayudar en el lugar de la votación. Si usted puede, antes de la elección, contactar a la junta electoral de su condado y pedir instrucciones escritas en cómo usar el equipo si usted no sabe cómo hacerlo o se siente poco confiado al hacerlo.
P: Puede alguien estar conmigo en el puesto de votación cuando emito mi voto?
R: No. Se hacen excepciones para los votantes que declaran ser analfabetas o que tengan algún impedimento físico. Ellos pueden recibir ayuda de dos oficiales electorales de diferentes partidos políticos en el lugar de la votación. Si el votante es obviamente impedido físicamente, un familiar cercano puede asistir.
P: Qué pasa si no tengo manera de llegar al lugar de las elecciones?
R: La junta de electores de usted lo puede ayudar. También, las oficinas de partidos políticos locales, La Liga Local de Mujeres Votantes, organizaciones de veteranos y muchos otros grupos de la comunidad pueden ayudarlo. Busque en la guía telefónica en los medios de comunicación en Día de las Elecciones (Election Day).
P: Puedo votar si estoy todavía esperando en las filas a las 7:30 P.M. cuando cierran las votaciones?
R: Si. Los organizadores de las urnas deben dejarle tener la oportunidad de votar si está en fila en el lugar correcto de las elecciones cuando cierran las urnas. Recuerde: Como votante, usted tiene la responsabilidad de hacer preguntas y de que se las respondan si usted está confundido o confundida acerca del proceso de votación y de chequear su boleta electoral para exactitud antes de que haga el voto.
P: Si estoy impedido. Cómo voto?
R: Los ciudadanos con impedimentos auditivos pueden llamar al TTY al 614-466-0562 para información en cómo emitir una boleta electoral. Si usted tiene un impedimento físico o mental, llame a su junta del condado para información y asistencia.
QUE PASA SI SOY DESAFIADO
P: Quién puede desafiar mi derecho a votar?
R: Cualquier desafiante debidamente designado en ese distrito electoral, cualquier votante legítimo en el lugar de la votación en ese momento, o cualquier juez o oficial de elecciones.
P: Quién puede designar a los desafiantes?
R: Los partidos políticos, grupos de cinco o más candidatos, o comités de apoyo o la oposición de un asunto pueden elegir a un desafiante y a algún testigo en cada distrito electoral. Los testigos ven el conteo de las boletas electorales.
P: Cuáles son los fundamentos para un desafio?
R: Si es usted o no un ciudadano americano, ha vivido en el estado por lo menos por 30 días, es un residente del condado o del distrito electoral, o que por los menos tenga 18 años de edad.
P: Qué pasa si soy desafiado?
R: El juez que preside le hará una serie de preguntas para determinar si es usted elegible o no, como, "Es usted un ciudadano de los EEUU?" A usted le podrían pedir firmar una declaración jurada o que muestre identificación para probar su elegibilidad para una boleta electoral regular. Si usted está en el distrito electoral equivocado, a usted le tienen que decir el sitio correcto para votación.
P: Qué pasa si fallo en responder o no califico?
R: Si la mayoría de los jueces del distrito electoral cree que usted no tiene el derecho a votar, ellos pueden rehusarle una boleta electoral regular. Pero si usted está en el distrito electoral correcto, usted podría pedir una boleta electoral provisional.
P: Puedo apelar?
R: La decisión de los jueces del distrito electoral es final.
P: Dónde están los desafiantes en las urnas?
R: Los desafiantes deben estar detrás de la mesa donde los organizadores electorales están sentados.
P: Cómo funciona el desafío?
R: Cuando los desafiantes deciden desafiar a un votante, ellos notifican al juez que preside, le dan razón. Cuando sea posible, el juez que preside moverá al votante desafiado a un área, no menos de 10 pies de las mesa de los organizadores electorales, para que no obstruya a otros votantes.
P: Qué pasa si los desafiantes se vuelven muy agresivos?
R: Los desafiantes no pueden interferir con el proceso de votación o innecesariamente retrasarlo. Por ejemplo, si los desafiantes desafían tantos votantes que retrasan el proceso de votación o intimidan a los votantes, el juez que preside debe tomar acciones inmediatas — incluyendo expulsar al desafiante.
P: Cómo sucede eso?
R: El juez que preside el distrito electoral advierte al desafiante que sus acciones están peligrando el derecho constitucional de los votantes a ejercer su voto. Si un desafiante persiste, el juez del distrito electoral debe decirle a la junta electoral acerca de la decisión de remover al desafiante.
P: Habrán muchos desafiantes?
R: No. La ley dice que cada partido o comité puede tener solo un desafiante y testigo por distrito electoral, si lo hacen antes de la elección.
ELIGILIBILIDAD PARA VOTAR
P: Quién está calificado para votar?
R: Usted podría votar si usted es un ciudadano americano; de 18 años de edad por lo menos durante o antes de la elección general; un residente de Ohio por los menos 30 días inmediatamente antes de la elección; que no esté encarcelado por una condena por algún delito; no ha sido declarado incompetente para los propósitos del voto por una corte probatoria; y se ha registrado para votar por lo menos 30 días antes de la elección.
P: Como es determinada la residencia?
R: Por ley, su residencia es el lugar donde, cuando sea que esté ausente, usted tiene la intención de regresar. Si usted continuamente vive fuera de Ohio por un período de cuatro años o más, no puede votar como un residente del estado al menos que usted esté ausente de Ohio por empleo federal o con el gobierno estatal, incluyendo el servicio militar.
P: Pueden los estudiantes votar con la dirección de la escuela?
R: Si, si el estudiante lo da como lugar de residencia y se registra para votar. De lo contrario, los estudiantes deben votar en su comunidad, si se han registrado allí.
P: Pueden votar los criminales?
R: Si, si no están encarcelados y se han re-registrado luego de haber salido de prisión.
QUE PASA SI ME HE MUDADO
P: Cómo me entero de donde tengo que votar?
R: Contacte a su junta electoral del condado
P: Qué pasa si soy un votante registrado y he cambiado mi nombre o me he mudado de mi distrito electoral?
R: Vaya a su distrito electoral el Día de la Elección, complete una forma de cambio de nombre o cambio de dirección y haga algunos otros cambios, si es aplicable, y vote en una boleta electoral regular.
P: Qué pasa si me he mudado dentro del mismo condado o a otro condado de Ohio durante los últimos 28 días antes de la elección?
R: Vaya a su nuevo sitio de votación el Día de la Elección o vaya a la oficina de la junta electoral del nuevo condado durante las horas regulares de oficina y complete una forma de cambio de dirección y haga algún otro cambio, si es aplicable, y vote en una boleta electoral provisional.
Fuentes: La secretaria de estado de Ohio, La Asociación de Ohio de Oficiales Electorales.